1.
Solo se permitirá al socio obtener un tipo de préstamo
a la vez, excepto en aquellos casos que la garantía sea certificados
financieros, líneas de créditos, o créditos especiales.
2. Los socios
menores de edad sólo pueden tomar préstamos con garantía
de sus propias aportaciones.
3. Todo préstamo
estará amparado por un contrato donde se establecerán
todas las condiciones del mismo.
4. Todo socio
que sea llevado al Departamento Legal perderá su derecho
a realizar otro préstamo antes de haber transcurrido un año del cumplimiento de su obligación con la empresa a no ser de sus propias aportaciones,
salvo que esto sea aprobado por el Comité Ejecutivo,
previa recomendacion de la Gerencia y/o Departamento de Créditos
y Cobranzas. |